LOS DOCUMENTOS PRIVADOS Y SU VALIDEZ
EN TIEMPO DE #CUARENTENA O EL RETORNO DEL VALOR DE LA PALABRA (primera parte)
En éstos momentos donde en Venezuela se decreta la prórroga de la cuarentena o distanciamiento social, para nosotros los abogados se ha presentado particularmente el incovenientes que los Registros Públicos, Notarías no están laborando, en el caso de la jurisdicción recientemente el Tribunal Supremo de Justicia emitió la siguiente Resolución Nro.009-2020; en donde se regula la prórroga de la Resolución anterior Nro. 002-2020 hasta el 12 de junio de 2020:
Es así como nuestra actividad profesional se encuentra fundamentalmente limitada, podríamos decir que anulada sin embargo, esto me hace reflexionar en aquellos tiempos en donde la "palabra" era suficiente para considerar la validez formal de los contratos, antes solo la palabra era suficiente pues una persona en esas épocas sólo tenia como valor su "palabra empeñada"; luego surgen los documentos en donde se plasma dicha voluntad con los elementos que la legislación establece, entonces será que debemos reivindicar la palabra o la validez de los documentos privados para contratar en estos tiempos de pandemia.
Es por ellos, que los abogados podemos generar opciones que nos permitan seguir ejerciendo nuestra profesión, restituir la vigencia de los "documentos privados", su eficacia y su validez probatoria, establecer puentes entre colegas, generar mecanismos como la negociación y formas no contenciosas para dirimir los conflictos entre particulares; tal vez no estemos formados para ello pero nunca es tarde para cambiar nuestros patrones y adaptarnos a nuevas realidades.
Traigo a colación dos experiencias que me han tenido en modo reflexiva la primera en una consulta médica el Dr. que me atendió me hizo ver que los abogados viviamos en estres constante por que somo dialecticos por no decir conflictivos por naturaleza, me dijo algo así: " en las facultades de derecho los forman para conflictuar", en ese tiempo lo contradije hoy día pienso que tenía razón; la segunda era un abogada que iba a firmar su contrato de arrendamiento como arrandataria de su oficina, ella firmó sin leer el contrato, entonces el arrendador representando por su abogado le dijo: Dra.! siendo usted abogada de experiencia, cómo es que no lee el contrato antes de firmar, a lo que ella le respondió: Primero no creo que usted haya colocado algo contrario a la Ley y si lo hizo eso no tiene validez, bueno el abogado hizo mutis.
Ahora bien, en estos tiempos tecnológicos y de redes sociales de igual forma sale estudiar aspectos como la firma, los testigos, etc.
En la próxima entrega comentaremos sobre los documentos privados.

